Suicidio de Oriana: Tras 6 meses, la rectora fue apartada de su cargo
ProvincialesEl 10 de noviembre de 2016, Belén Oriana Picotti, que cursaba el tercer año de la Escuela Secundaria Nº 73 de El Palenque, a 37 kilómetros de Paraná, se suicidó.Y avisó por qué se suicidó: porque un grupo de compañeras la hostigaba con frecuencia en la escuela. Le pesaba, rara situación, el ser una chica "linda". La discriminaban por eso, la apartaban, Belén sentía la violencia del maltrato y por eso casi no salía en los recreos. Prefería quedarse en el aula para no soportar el acoso.
Su papá, Eduardo Picotti, habló con el dolor a cuestas una semana después de la tragedia y lamentó que nadie se haya dado cuenta a tiempo de lo que estaba pasando.
"Sabemos que en la escuela sabían y veían cosas. Mi hija no salía a los recreos, se apartaba, lloraba. Nunca nos dijeron nada. La única vez que la directora llamó a mi señora y le dijo que a Oriana la vieron rara fue el día en que Oriana tomó la determinación de quitarse la vida", recordó. "Estoy muy enojado con la escuela. Creo que están tapando y defendiendo al grupo de chicas. Después de la muerte de mi hija, ni siquiera nos dieron las condolencias", se quejó.
Ahora, seis meses después de todo aquello, el Consejo General de Educación (CGE) decidió apartar de su función a la rectora de la escuela y al supervisor de nivel, pero ambos con goce de haberes.
En los considerandos de la resolución se indica que se faculta a la Dirección Departamental de Escuelas de Paraná a "dar ubicación" tanto a Weisheim como a Schiebert en tareas que se consideren concernientes para su desempeño hasta tanto finalice la información sumaria mandada a instruir mediante la resolución.
El texto de la resolución indica que surge de la documentación colectada, "situaciones encontradas que llevarían a entender que podría haber habido una confusión respecto al tratamiento de estos temas que hacen a la vida y desenvolvimiento de la vida escolar, haciendo presumible que habría un supuesto mal desempeño de los deberes del personal docente, de la Rectora de la institución, así como también de la Supervisión Escolar de Zona, propios de las obligaciones que voluntariamente se han obligado a cumplir, éste debe ser con compromiso dispensado y responsabilidad en la tarea, imparcialidad, impartialidad y objetividad.
"Que por lo tanto, no resultan suficientes los hechos para aconsejar la instrucción de un sumario administrativo, sin embargo es necesario, mientras se sustancie la instrucción de la información sumaria, la separación del cargo de Rectora así como también del Supervisor Escolar de Zona, ya que de las actuaciones no se advertía que se haya dado tratamiento debidamente a la altura de las circunstancias a un tema tan delicado, como el trato entre los alumnos de la institución", dice el texto de la resolución.