Deuda constitucional: Bordet anunció Ley de Comunas
ProvincialesEl gobernador Gustavo Bordet enviará en los próximos días un nuevo proyecto de ley de Comunas a la Legislatura para cumplir con el régimen establecido en la Constitución Provincial. Lo central de la mutación jurídica de los distritos es que pueden cobrar tributos a las empresas que operan en su jurisdicción y ganar autonomía ante el Ejecutivo provincial. Es “una gran deuda” que la Provincia tiene con las juntas, advirtió Bordet.
Tras firmar ayer convenios con 17 juntas de gobierno para la ejecución de obras por casi 3 millones de pesos, el mandatario anunció la remisión del texto, convocó a un debate con “un criterio amplio” y aseguró que aceptará modificaciones. “No voy a mandar un proyecto de ley que sea taxativo, estricto, sino que se pueda debatir, que acepte la introducción de modificaciones beneficiosas”, adelantó.
El gobernador resaltó, a modo distintivo de su gestión, que “desde que asumimos venimos poniendo en vigencia varios institutos que estaban previstos en la reforma de la Constitución de 2008. Nuestra gestión tiene una fuerte impronta por lograr consensos”. Se refiere, por ejemplo, a la reglamentación del concurso para acceder a la presidencia del Tribunal de Cuentas.
Sobre las novedades que introduciría el proyecto, Bordet repasó que “la comuna viene a tener prácticamente todas las mismas facultades que tienen los municipios, básicamente en su ordenamiento jurídico. Además de poder acceder a otro sistema de distribución de fondos, institucionaliza lo que hoy no está en las juntas”. También ponderó que “ser comunas representa además la posibilidad de percibir tasas retributivas".
“La percepción de un impuesto siempre representa la contraprestación de un servicio. Hoy todas las juntas prestan servicios y a muchas empresas, algunas muy grandes, pero ese servicio, como ocurre en cualquier ciudad y le pasa a cualquier intendencia, siempre el municipio cobra por el servicio que presta. Las juntas hoy no pueden cobrar ese servicio y cada vez los vecinos demandan más servicios. Creo que ahí es donde se puede realizar la reforma estructural”, agregó.
Historia
El derrotero de la Ley provincial de Comunas tiene varios capítulos. De hecho, un proyecto que reglamenta la nueva entidad de las juntas de gobierno obtuvo media sanción del Senado en el 2015. Pero será reemplazado por la iniciativa de Bordet, con lo que la discusión vuelve a foja cero.
El artículo 232º de la Constitución provincial reformada en 2008 establece la figura de Comunas para los “núcleos poblacionales cuyo número de habitantes no supere los 1500 – y con un número no inferior a 200- que no estén comprendidos en un radio municipal existente”.
La reforma -que en 2017 cumple nueve años-, entre las facultades que otorga a las Comunas incluye “elección directa de sus autoridades, competencias y asignación de recursos (…) dictado de ordenanzas (…) facultades tributarias, ejercicio del poder de policía, realización de obras públicas, prestación de los servicios básicos, regulación de la forma de adquisición de bienes”, entre otras. También les concede el uno por ciento de la coparticipación provincial.
En Entre Ríos hay 194 juntas de gobierno y, según estimaron conocedores del tema, luego de un relevamiento para determinar las categorías de cada una quedarían poco más de 130, ya que muchas serán absorbidas por otras.
Fuente: Informe Digital